Pasajeros menores de 14 años: no pueden, en ningún caso, viajar sin un acompañante mayor edad. Si el acompañante no es uno de los padres, se deberá entregar al Capitán del barco/Comisario de a bordo una carta de autorización donde los padres declaran delegar a su hijo a la persona indicada, la cual será responsable según la ley. A dicha autorización deberán adjuntarse las copias de los documentos de identidad válidos de ambos padres y si se trata de personas extracomunitarias, también será necesario presentar un permiso de residencia en el que conste también el hijo.
Para los pasajeros menores de 14 años con ciudadanía italiana que viajan en rutas internacionales, se requiere la declaración adjunta presentada ante la jefatura de policía.
Para obtener detalles relativos al procedimiento, puede ponerse en contacto con la sede de la policía de referencia o consultar el siguiente enlace https://www.poliziadistato.it/icle/191.
Pasajeros menores de edad, pero mayores de 14 años: podrán subir a bordo del barco entregando al Capitán del buque/Comisario de bordo una declaración suscrita por los padres, junto a los documentos de identidad válidos de ambos padres, donde declaran asumir todas las responsabilidades por daños eventuales a la persona y/o causados a terceros
En ningún caso el Capitán del barco y/o otro miembro de la tripulación asumirán la responsabilidad del menor a bordo del buque. El pasajero deberá disponer de todos los documentos necesarios para el desembarque en el país de destino y el vector no acepta ninguna responsabilidad en el caso de que la autoridad del puerto de destino considere dichos documentos insuficientes.
Te volvemos a recordar que todos los pasajeros, incluidos niños y bebés, deben disponer de un documento de identidad en vigor en el momento del check-in en el puerto (pasaporte o D.N.I.). Por esta razón, no se permitirá en ningún caso el embarque con la mera auto certificación ex DPR 445/2000.
En caso contrario no será permitido el embarque y los pasajeros no tendrán derecho al rembolso.
Te recordamos además que el libro de familia no se considera como documento válido para viajar.
Para más información, consulta nuestras Condiciones Generales.